
La clave de esta transformación está en la modificación del artículo 28 constitucional, donde ahora se establece que “las actividades estratégicas realizadas por empresas públicas del Estado no constituirán monopolios”, expone la Constitución Política vigente.
¿Qué cambió?
Ramón Massieu, asociado de la firma Toeppich and Associates, explicó que, a raíz de dicho cambio constitucional, Pemex y CFE cambiaron su naturaleza jurídica de “empresas productivas del Estado” a “empresas públicas”. Sí bien pareciera que solo es un ajuste de concepto, en realidad se trata del cambio más sustancial para el sector energético.
“El cambio fundamental está en el artículo 28, en el que se reitera cuáles son las actividades estratégicas que se realizan por el Estado mexicano no constituyen monopolios”, explicó Massieu. “Y eso es lo importante porque libera a Pemex y CFE de adherirse de manera plena a las reglas de competencia económica y, por tanto, de poder llevar a cabo casi cualquier comportamiento en el mercado”, sostuvo.
En la reforma energética de 2013, el artículo 28 constitucional fue modificado con un propósito diametralmente opuesto al actual: prohibir los monopolios y fomentar el desarrollo de la competencia económica, salvo en ciertas actividades estratégicas reservadas exclusivamente al Estado, como la operación de redes eléctricas y la producción de combustibles.
Ese marco regulatorio, centrado en la competencia, fue precisamente lo que impidió que durante el sexenio del expresidente Andrés Manuel López Obrador se concretaran varias de las reformas energéticas impulsadas por su administración. “Justo esta parte de que no existiera esa liberación fue lo que permitió que las reformas de la administración pasada en materia energética no entraran en vigor, justamente porque había una salvaguarda en materia de competencia económica”, explicó Massieu.
Entre los cambios propuestos por López Obrador que fueron detenidos por el Poder Judicial bajo argumentos de afectaciones a la competencia, destaca la modificación al orden del despacho económico de energía. La intención era que la electricidad no se entregara a la red según el costo de producción —de la más barata a la más cara— sino bajo un criterio de “confiabilidad”, que colocaría a las plantas de la CFE en primer lugar, sin importar su costo.
Estas modificaciones, impulsadas por la Secretaría de Energía, fueron frenadas por una serie de amparos promovidos por empresas privadas que argumentaron que se vulneraban los principios de libre competencia. El Poder Judicial les dio la razón y detuvo su implementación.
En el caso de Pemex, uno de los temas más controvertidos fue la eliminación de la regulación asimétrica, una serie de medidas diseñadas para limitar el poder dominante de la petrolera estatal, sobre todo en el mercado de combustibles. Esta regulación buscaba crear condiciones para la entrada de nuevos competidores y garantizar una participación más equitativa.
La Comisión Reguladora de Energía eliminó esta regulación en mayo de 2021, pero en octubre de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó su restablecimiento, al considerar que aún no existían condiciones de competencia efectiva que justificaran su eliminación. La decisión se basó en un análisis presentado también por la extinta Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), entonces aún operativa.
«(Bajo el marco jurídico anterior) se sustentaron una oleada de amparos y controversias constitucionales. Algunas de estas fueron promovidas por la propia Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), mientras que otras provinieron de actores privados, organizaciones sociales y ONGs, que cuestionaron medidas que restringían la competencia en favor de las empresas productivas del Estado. Digamos que sí se sintió el rigor de la competencia, sí estaba allí, pero ahora damos un paso atrás», dijo Cristina Massa, socia de Sainz Abogados.
Con la reforma constitucional aprobada en octubre de 2024, Pemex quedó blindada frente a este tipo de restricciones, al garantizarle su carácter preponderante en el mercado energético.
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