
El reparto de utilidades se basa en las ganancias que generó la empresa durante el año fiscal anterior. Si hubo utilidades, la empresa está obligada a compartir una parte con sus empleados.
¿Cuándo se entregan?
El calendario varía según el tipo de patrón. Si trabajas para una persona moral (empresa), deben entregarte tus utilidades 2025 entre el 1 de abril y el 30 de mayo. En cambio, si trabajas para una persona física con actividad empresarial, el pago debe realizarse entre el 1 de mayo y el 29 de junio.
Este plazo está marcado por la Ley Federal del Trabajo y, de no cumplirse, los empleadores pueden ser sancionados.
¿Cómo saber si me tocan utilidades este 2025?
Si tu empresa generó ganancias en 2024 y llevas al menos 60 días laborando ahí, es muy probable que tengas derecho a recibir utilidades 2025. Puedes preguntar directamente a tu patrón o al área de Recursos Humanos si hubo utilidades y cuál fue el monto reportado ante el SAT, explicó Guillermo Mendieta, experto del Colegio de Contadores Públicos de México.
El experto señaló que, para las personas que tienen un sindicato que las represente, éste se encargará de hacerles saber sobre el reparto y monto de las utilidades. De hecho, los sindicatos y los patrones deben conformar una comisión mixta para revisar que los cálculos se realizan conforme a la ley.
Además, los patrones deben entregar a los trabajadores una copia de la declaración anual que realizaron durante marzo, la fecha límite para entregar esta copia es el 14 de abril de 2025. En este documento, se determina si la empresa generó o no utilidades en el ejercicio fiscal 2024.
Otra opción es solicitar información a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que ofrece asesoría gratuita en caso de dudas o posibles incumplimientos.
Así se calcula el pago de utilidades
El monto que cada trabajador recibe por pago de utilidades 2025 depende del total de días que laboró durante 2024 y su salario base. El cálculo se hace sobre el 10% de las utilidades netas que declaró la empresa al Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el ejercicio fiscal anterior.
Además, desde la reforma laboral de 2021, existe un tope para este pago: el equivalente a tres meses de salario o el promedio de lo recibido por utilidades en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para el trabajador.
Ejemplo
- Una empresa tuvo una renta gravable de 500,000 pesos
- 10% PTU: 50,000 pesos
- Utilidades no cobradas del año anterior: 4,000 pesos
- Total a repartir entre los trabajadores: 54,000 pesos
La utilidad se divide así:
- 27,000 pesos por días trabajados. Que se reparten por igual entre todos los trabajadores, tomando en cuenta los días laborados durante el año fiscal anterior (en este caso, 2024).
- 27,000 pesos por salarios devengados. Que se reparten proporcionalmente al salario que cada trabajador recibió en ese mismo periodo.
Si no me pagan, ¿qué debo hacer?
Si llega la fecha límite y no te han entregado tus utilidades, puedes presentar una denuncia ante la Profedet. La empresa podría enfrentar multas de hasta 481,000 pesos si incumple con esta obligación.
Ten a la mano tu contrato laboral, recibos de nómina y cualquier documento que compruebe tu relación laboral para agilizar el proceso de queja.
Este es el contacto de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet)
Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877
Correo: [email protected]
¿Quién está obligado a pagarlas?
Todas las empresas que hayan generado utilidades durante 2024 y hayan declarado ingresos superiores a 300,000 pesos anuales están obligadas a repartirlas. También deben haber completado su declaración fiscal ante el SAT dentro del plazo establecido. No importa el giro o el tamaño de la empresa: si hubo ganancias, debe cumplir con el reparto.
Estos son los trabajadores que no tienen derecho a recibirlas
La Ley Federal del Trabajo también establece quiénes no tienen derecho al reparto de utilidades 2025:
- Directores, administradores y gerentes generales.
- Socios o accionistas.
- Trabajadores eventuales que laboraron menos de 60 días durante el año.
- Empleados domésticos.
- Nuevas empresas durante su primer año de operación.
- Empresas que desarrollen un producto nuevo (por sus dos primeros años), instituciones de asistencia privada y organismos descentralizados con fines culturales o de beneficencia.
¿Debes pagar impuestos por recibir utilidades?
El artículo 93, fracción XIV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta dispone que la participación de las personas trabajadoras en las utilidades de las empresas no pague impuesto hasta por la cantidad equivalente a 15 días de salario mínimo general. Es decir, las utilidades no gravadas son hasta por 3,733.95 pesos, el monto restante será sujeto a los cálculos de la Ley del ISR para determinar el impuesto a retener.
Es decir, un trabajador que recibió utilidades por 10,000 pesos, entonces pagará solo sobre el monto excedente de 6,266.05 pesos. El monto exacto del impuesto dependerá de su ingreso mensual ordinario y la tasa de ISR que le corresponda según la Ley.
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