Los rendimientos de tus inversiones tampoco se salvan del SAT

Entre esa información está el desempeño de tus inversiones.
Si durante el ejercicio fiscal 2024 invertiste en acciones de empresas que cotizan en la bolsa de valores o en instrumentos como bonos o Cetes y ya retiraste las ganancias por esas inversiones estás obligado a notificarlo al fisco, de acuerdo con la plataforma de la banca de inversión Actinver.
La obligación es declarar al SAT que la información esté completa. “El contribuyente debe verificar que sí sean los números exactos, porque él es el responsable y es quien se va a hacer acreedor a una multa o procedimiento de verificación (en caso de haber omisiones o errores)», dijo Rolando Silva Briceño, vicepresidente Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
“El prellenado da una facilidad para que el contribuyente pueda realizar su declaración anual de una manera más ágil y rápida. Difícilmente se van a equivocar con un ingreso que recibí, pero en muchas ocasiones hay que incluir deducciones que el SAT no tiene detectadas”, aseguró
¿Qué tipo de inversiones debo reportar en la declaración anual?
La declaración anual versa sobre el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual grava las ganancias y utilidades, por lo que si se tienen inversiones y ya se transfirieron los rendimientos a la cuenta bancaria hay que verificar que aparezca en el prellenado, o en su caso complementarlo.
El directivo del IMCP y Actinver coincidieron que las tasas que se aplican para los rendimientos van a ser diferentes de acuerdo con el tipo de inversión que se haya realizado.
Inversiones en renta variable
Este tipo de operaciones no garantizan un rendimiento debido a sus características y riesgos asociados, como las acciones y los dividendos; sin embargo, los resultados deben ser declarados ante el SAT porque sí están gravados sobre el rendimiento neto.
Grupo Actinver detalló en su página online que para calcular cuánto será de ISR, se debe considerar el 10% del total del rendimiento cobrado hasta el cierre del año fiscal, ya que eso se pagará al SAT. Si la inversión tuvo pérdidas, entonces se tendrá hasta 10 años para realizar la amortización
“Si tú inviertes 10,000 pesos en un portafolio diversificado de cinco acciones y a lo largo del ejercicio fiscal una de ellas fue vendida con pérdidas, sólo pagarás los impuestos de las otras cuatro acciones”, ejemplificó la institución.
Dividendos
Los dividendos son utilidades que obtiene una empresa que las divide entre sus accionistas y socios, por lo que el pago que se les retendrá será sobre el 10% de esas ganancias.
Silva Briceño añadió que esta retención la hace la persona moral, que en este caso es la compañía, de la cual el inversionista es socio. Esa operación deberá aparecer en el prellenado.
Cetes
Los Cetes son considerados instrumentos de renta fija y se paga el interés a descuento, es decir que desde el inicio de la inversión ya se sabe cuánto se obtendrán de ganancia.
La tasa que se aplica a este bono gubernamental es del 0.5% sobre el monto del capital que dé lugar al pago de los rendimientos hasta el 31 de diciembre del año en curso, refirió CetesDirecto.
La plataforma retiene ese pago y deberá aparecer en el prellenado de la declaración anual.
Retenciones
El directivo del IMCP comentó que la institución financiera (banco o casa de bolsa) debe informar sobre el saldo de retención en el estado de cuenta del contribuyente, y que en le caso de que el SAT solicitara más información se deberá contar con CFDI de retención
“Las instituciones financieras tienen comunicación permanente con el SAT, y tienen la obligación de hacer la retención y aquí esto es importante porque la retención que se hace no es sobre lo que gané, sino sobre el capital con el cual lo gané. Ejemplo: Yo meto 100 pesos al banco y gané 10. Me van a retener el 1.5% de los 100 pesos”, explicó.
“Cuando hablamos de intereses es un pago provisional. Se espera que yo haga mi declaración y que lo agregue con el resto de los impuestos que pagué y en consecuencia me acredite ese impuesto que claramente está retenido”, añadió el especialista.
¿Qué pasa si ignoras los errores?
Silva Briceño dijo que existe la posibilidad de que haya información imprecisa en el prellenado, por lo que deben corregirse lo antes posible, pues en caso contrario la persona física será acreedor a multas de acuerdo a la incidencia y los montos imprecisos.
Si la declaración estuviera prellenada con datos que perjudican al contribuyente, como tener más ingresos de los que se obtuvieron o menos deducciones, se puede realizar una declaración complementaria con los datos correctos y en su caso solicitar el impuesto que se pagaron extra.
Ante cualquier situación que genere incertidumbre o que el contribuyente no comprenda bien los requerimientos de la autoridad es recomendable que se acerque a un especialista contable y fiscal para evitar futuros dolores de cabeza.
DERECHOS DE AUTOR
Esta información pertenece a su autor original y se encuentra en el sitio https://expansion.mx/finanzas-personales/2025/04/11/rendimientos-de-inversiones-tampoco-se-salvan-del-sat