Pese a fallas en la página, SAT acumula más de 770,000 declaraciones en su primer día

Pese a las intermitencias que registra su sitio de internet, el SAT lleva registradas 770,108 declaraciones anuales de personas físicas en las primeras 18 horas de haber iniciado el plazo para realizarla.
«Con corte a las 18:00 horas del primer día, se han recibido 770,108 declaraciones, 80% más que en el mismo lapso del primer día del año anterior», destacó la dependencia en un comunicado.
Usuarios de redes sociales se quejan de que la página del SAT tarda en desplegarse y en ocasiones, al acceder al sitio de la declaración desde la pantalla principal, no carga.
Los contribuyentes que cotizan en el régimen de personas físicas están obligados a hacer su declaración entre el 1 y 30 de abril.
¿Qué es la declaración anual?
La declaración anual es un informe que los contribuyentes hacen al Servicio de Administración (SAT) sobre sus ingresos, egresos y deducciones que hayan hecho por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el ejercicio fiscal anterior.
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¿Quiénes deben presentar la declaración anual en abril?
El SAT detalla que deben presentarla las personas físicas que obtuvieron sus ingresos por lo siguiente:
-Sueldos y salarios:*De un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.*Si obtuvieron ingresos distintos a su salario.*Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.*Si los salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener impuestos.*Si obtuvieron ingresos por indemnización.*Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del ISR.*Si la totalidad de sus ingresos anuales excedió los 400,000 pesos.
-Servicios profesionales
Actividades empresariales:*Trabajo en plataformas tecnológicas*Laboró en la región fronteriza*Está dado de alta también en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
-Arrendamiento de bienes inmuebles.
-Enajenación o adquisición de bienes.
-Intereses o dividendos.
Si tus ingresos fueron inferiores a 400,000 pesos en el año, tu patrón es quien hace la declaración por ti.
Si dejas pasar la fecha, puedes recibir multas que van de los 1,400 a los 17,370 pesos por declaración extemporánea.
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