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Darwin y la Suprema Corte de Justicia: que se jodan los “débiles”

Las élites económicas de todo el mundo y en todas las épocas han reclamado, con el propósito de perseguir y proteger sus propios intereses, un territorio indefenso en el cual se autorregulen y salvaguarden su acumulación de capital contra los esfuerzos de la democracia para equilibrar el campo de juego. 

La engañosa y seudocientífica tesis de la “supervivencia de los más aptos” ha sido utilizada como su fundamento moral, su justificación y su pretexto para depositar la riqueza de la sociedad en manos de los individuos más agresivamente competitivos. 

Si en el terreno científico la ortodoxia que confunde la evolución con el darwinismo y el neodarwinismo ha impedido una comprensión más precisa de la expansión de la vida en el planeta, en el ámbito socioeconómico -donde fue extrapolada nada inocentemente a partir de la tesis del darwinismo social de Herbert Spencer- ha provocado consecuencias desastrosas para la mayoría de los seres humanos.

En las obras de Darwin aparecen diversas citas donde destaca que muchos animales viven en grupos y cooperan entre sí y señala que las comunidades que cuenten con un mayor número de miembros empáticos prosperarán por encima de las demás y tendrán más descendientes.

Sin embargo, en la mayor parte de sus libros, el autor contradice ese punto de vista y favorece el de la naturaleza en guerra, siendo las peores luchas las que se producen entre miembros de la misma especie o de especies similares. Y esta visión fue la que prevaleció y se impuso bloqueando las hipótesis alternativas que contaban con mayores evidencias empíricas donde la cooperación y la colaboración constituyen una explicación más precisa y elegante.

Al capitalismo industrial y, con posterioridad, al neoliberalismo, esta perspectiva ideológica le ha resultado muy funcional, y no por casualidad sino mediante esfuerzos políticos e ingentes recursos financieros dirigidos expresamente a ello.  

En todos los ámbitos posibles se implementó esta ideología para concentrar capitales en unas cuantas personas. La tecnología, la economía, el derecho fueron especialmente campos fértiles para evitar que la mayoría de los miembros de la sociedad pudiera disputarles lo que consideraban sólo suyo. Los millonarios han unido sus fuerzas a fin de defender los derechos del capital y limitar la capacidad de los representantes elegidos por el pueblo para dictar políticas y promulgar leyes. Esto sucedió en la Edad Dorada de los barones ladrones (John Rockefeller no se cansaba de repetir que su desmesurada fortuna petrolera era el resultado de la “ley natural del desarrollo del comercio”) y continúa ahora con los magnates de Silicon Valley en Estados Unidos. En México tuvo lugar con la fundación del PAN para contrarrestar las políticas sociales de Lázaro Cárdenas, con el embate neoliberal a partir de Carlos Salinas de Gortari y ahora con la reacción de las élites nacionales y extranjeras que se consideran afectadas por la llegada de Andrés Manuel López Obrador a la presidencia. 

De acuerdo con esto, no hay ninguna necesidad de legislación que los acote, puesto que ya existen la “ley de la evolución”, las “leyes del capital”, la “ley de la mano invisible”, la “ley de la oferta y la demanda”, la “ley de la producción y el consumo”.  La conclusión a la que han llegado las élites empresariales es que la forma más eficaz de proteger el saqueo y la explotación es, como señala el historiador David Nasaw, circunscribiendo la democracia.  Para ello “han financiado de manera espléndida a candidatos políticos propios, y perfeccionado y difundido agresivamente un ataque ideológico en toda regla contra la idea misma del derecho de la democracia a interferir en el terreno económico”. (Shoshana Zuboff, La era del capitalismo de la vigilancia” 2020). Su industria y su comercio tienen que ser “autorreguladas”, tienen que ser libres para seguir sus propias leyes evolutivas. Su prédica es que la democracia no puede rebasar ciertos límites. Los electores y sus representantes no deben aventurarse so pena de conducir a la nación a la ruina económica.

Presidentes, legisladores, jueces – es decir, todo el aparato estatal- sufrieron el asalto neoliberal. Las empresas más poderosas han luchado contra toda regulación, supervisión y control del Estado. Se reformó la Constitución abusivamente para incorporar reglas e instituciones que persiguieran finalidades antidemocráticas, para eliminar cualquier disposición que restringiera su tasa de acumulación, así como para evitar – mediante un blindaje jurídico muy sólido- que el statu quo pudiera modificarse en caso de que así lo pretendiera algún representante popular que llegara al poder a pesar de los obstáculos por parte del poder económico. En Estados Unidos se han realizado investigaciones sobre literatura jurídica, legislación y decisiones judiciales que demuestran esta situación. Hacen falta en México ejercicios similares, como atinadamente lo ha señalado AMLO en sus conferencias matutinas. No yerra al afirmar que las reformas constitucionales llevadas a cabo durante el período liberal sólo sirvieron para beneficiar a las élites y no al pueblo. 

El éxito del neoliberalismo ha dependido de la fabricación de un consentimiento colectivo artificial por todos los medios disponibles que permitan seducir y doblegar a los ciudadanos para que se sometan a sus fines, al mismo tiempo que se ignoran, eluden, ponen en cuestión o derrotan las leyes que ponen en riesgo el aumento de la tasa de acumulación. Ocultan los hechos crudos bajo un manto de retórica, confusión u omisión. Se repliegan para luego regresar con nuevas tácticas o disfraces. 

El caso de lo sucedido con la figura de la prisión preventiva oficiosa es un ejemplo de esto. En el artículo “La prisión preventiva oficiosa…el nuevo show de la derecha” https://revoluciontrespuntocero.mx/la-prision-preventiva-oficiosael-nuevo-show-de-la-derecha/, donde ya había abordado el asunto, pueden consultarse los antecedentes. ¿Qué sucedió después?

Dado que no estaba logrando el consenso que requería (siete contra cuatro ministros habían manifestado ya su rechazo bajo el argumento de que al alto tribunal no le corresponde modificar o reformar la Constitución), el ministro Luis María Aguilar Morales decidió retirar, a principios de septiembre, su propuesta sobre la prisión preventiva oficiosa explicando que en las próximas semanas elaboraría una nueva.

Cabe señalar que, en la misma sesión, la ministra Norma Piña presentó su propuesta de amparar contra la prisión preventiva oficiosa a un presunto integrante de la Unión Tepito. 

En las últimas semanas de octubre, el ministro Aguilar Morales presentó su “nuevo” proyecto a fin de evitar que se rechazara por pretender invalidar un artículo de la Constitución (ya la Comisión Nacional de Derechos Humanos y un grupo de senadores habían promovido acciones de inconstitucionalidad al respecto). El documento que se expuso ante el pleno de la Suprema Corte considera que la prisión preventiva oficiosa no se debe entender como una medida cautelar que se establece de manera automática, sino que el juez debe analizar si se impone. Altera totalmente de manera tramposa el significado jurídico de la prisión preventiva oficiosa (medida cautelar decretada en automático, por disposición de la ley y sin previo debate ante el juez para justificar su imposición). Es decir, pretendía reformar también, pero con otra retórica, un artículo constitucional. Y sí, efectivamente, eso fue lo que sucedió sin que se salvaguardaran los derechos humanos de los miles de presos sin sentencia que supuestamente eran a los que se tenía la intención de proteger con este proyecto. 

En abril de 2019, el Congreso modificó el artículo 19 de la Constitución que comprende los delitos donde se aplica la prisión preventiva oficiosa, para incluir a “los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación”. Así mismo, modificó el artículo 5 de la Ley de Seguridad Nacional y el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales para agregar que “se consideran delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, los previstos en el Código Fiscal de la Federación”: el contrabando y la defraudación fiscal, cuando sean calificados, y la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales, conocidos coloquialmente como “factureros”.

Aunque las consideraciones del proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales no fueron aprobadas, sí fue aprobado el sentido del mismo. Los ministros del pleno votaron por mayoría que estos delitos fiscales no son un ataque a la seguridad nacional de México y que, por tanto, no se les puede aplicar prisión preventiva oficiosa.  La SCJN declaró la invalidez de la porción del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales que consideraba los delitos de 1) contrabando, 2) defraudación fiscal y sus equiparables y 3) los delitos relacionados con comprobantes fiscales como de prisión preventiva oficiosa y, además, declaró la invalidez de porciones normativas de la Ley Federal de Delincuencia Organizada que incorporaban dichos delitos en el régimen de delincuencia organizada. Así, se logra el propósito que se buscaba desde el principio, pese a que en los medios se promovió de manera mentirosa aduciendo preocupaciones por los presos pobres que se encuentran en la cárcel sin haber sido condenados y que, en la mayoría de los casos, no están detenidos por tales delitos. Se sabía muy bien que no iban a eliminar la prisión preventiva en general y ni siquiera la prisión preventiva oficiosa en caso de todos los delitos para los cuales está prevista.  Sólo querían hacerlo con delitos fiscales que el presidente López Obrador había agregado como parte de su estrategia de seguridad y combate a la corrupción, delitos que han dañado tanto al erario en favor de unos cuantos.  

La Suprema Corte se salió con la suya y usurpó mediante otras maniobras las facultades del poder legislativo y del poder ejecutivo democráticamente electos. Al retirar su primer proyecto, el ministro Luis María Aguilar Mora se lamentó de que “el 65% de las personas sometidas a prisión preventiva sólo cuentan con estudios de secundaria y más del 50% de ellas son menores de 35 años”. Ellas seguirán condenadas a seguir sin estudios y a perder su presunción de inocencia. No son ni factureros ni defraudadores fiscales. Estos pueden continuar con sus actividades delictuosas y dormir tranquilos.  Costosos abogados evitarán que haya algún juez al que se le ocurra decidir que sus clientes sigan el proceso judicial desde la cárcel porque hay riesgo de fuga, de que dañen a la víctima o a las pruebas. 

Una vez más, el Darwin más retorcido se asoma en un poder judicial que sigue protegiendo a “los más aptos”.

Esta nota fue recopilada de: https://revoluciontrespuntocero.mx/darwin-y-la-suprema-corte-de-justicia-que-se-jodan-los-debiles/, el notichairo solo difunde otro enfoque de la verdad.

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